El juicio a John Peter Zenger y la libertad de prensa

El juicio de John Peter Zenger está considerado como uno de los símbolos de la libertad de prensa en Estados Unidos. Este histórico juicio acaecido en Nueva York en 1734 fue uno de los eventos más importantes en la configuración del pensamiento estadounidense hacia la libertad de prensa en las jóvenes colonias americanas que años más tarde se proclamaría en la Declaración de Derechos y en la Constitución de Estados Unidos.

Cuando en 1664 Nueva Ámsterdam dejó de ser colonia holandesa tras la entrega de la ciudad a los ingleses comandados por el hermano del rey inglés, el duque de York, aquel lugar cambió de nombre, denominándose a partir de entonces: Nueva York. Por un tiempo, mantuvo sus aires holandeses pero las instituciones, la política y el derecho inglés se instalaron en aquella metrópoli, donde holandeses, irlandeses, alemanes e ingleses llegados de toda Europa buscaban mejores oportunidades que las que ofrecía el viejo continente.

Un nuevo gobernador para Nueva York

Pero esta historia comienza unos años más tarde. En 1732, siendo rey de Gran Bretaña Jorge II, éste nombró a William Cosby gobernador real de la provincia colonial de Nueva York. Cosby, era cuñado del conde de Halifax, y había adquirido ya una mala reputación como gobernador de la isla de Menorca en 1718 donde se vio involucrado en manipulaciones por la incautación de los bienes de un comerciante catalán. William Cosby, tenía fama de codicioso, rencoroso y arrogante. En los trece meses transcurridos entre el nombramiento de Cosby y su llegada a Nueva York, el presidente del Consejo de la provincia, Rip Van Dam, desempeñó el cargo como gobernador interino. Cuando Cosby asumió el cargo, William Cosby y Van Dam entablaron un pleito por cuestiones relativas a las rentas del cargo que debían repartirse entre ambos. El asunto llegó ante al Tribunal Supremo de Justicia de Nueva York (Supreme Court of Judicature) en el conocido caso de Cosby vs.Van Dam (1733).

Nueva York hacia 1740

Por aquella época, en el derecho inglés existía un sistema dual de justicia, es decir, coexistían dos tipos de tribunales: los de common law y los de equidad, en los primeros, se construye el derecho basándose en la jurisprudencia emanada de los tribunales y trataban sobre asuntos civiles, penales o contratos. Los tribunales de equity o tribunales de la Cancilleria se establecieron a fin de paliar la rigidez de los anteriores y su jurisprudencia emanaba de las decisiones del canciller (chancellor) o tribunal de cancillería mediante soluciones de buena fe o buena conciencia basadas en las maxims of equity. Normalmente, la equity eran usada para cuestiones de contabilidad, negocios, quiebras y patrimonio. Durante varios siglos convivieron estos dos tipos de tribunales hasta la unificación de ambas jurisdicciones en los tribunales del common law. Una diferencia importante es que en los tribunales de common law los procesos se realizaban con jurados y, por ello, la falta de ellos hacía que los procedimientos de equidad fuesen impopulares en América colonial.

En el asunto entre gobernadores, reuniendo el gobernador Cosby en su persona tanto el cargo de gobernador y canciller de oficio en la colonia (chancellor), no podía resolverlo él mismo en el Tribunal de la Cancillería de Nueva York (New York Court of Chancery) y, por ello, lo llevó ante el Tribunal Supremo de Justicia de Nueva York pero fundamentando su petición en una demanda basada en equidad (bill in equity) utilizando una antigua norma para, primero, evitar un jurado que posiblemente decidiese a favor del antiguo gobernador interino y, segundo, controlar la decisión de los jueces que presumía le apoyarían. El tribunal falló a favor del gobernador Cosby, pero el juez principal del asunto Cosby v. Van Dam, Lewis Morris, discrepó de la decisión y, concluyó que el Tribunal Supremo de Justicia de la provincia de Nueva York no tenía capacidad para conocer asuntos en equidad.

El juez Morris, no sólo discrepó en el tribunal sino que hizo que su discrepancia se imprimiera y se distribuyera públicamente.

En 1725, comenzó a publicarse el primer periódico semanal de Nueva York, la llamada Gaceta de Nueva York.

El gobernador enfurecido por la publicación de Morris, destituyó al juez de su cargo. Morris había sido juez de la provincia durante casi 20 años y su expulsión intensificó la creciente oposición a la administración de Cosby. 

El juez Morris junto a sus dos compañeros, los abogados James Alexander y William Smith, deciden crear otro periódico en la provincia, el New York Weekly Journal. Tanto Morris, como Alexander y Smith fueron los editores del periódico y, a través de artículos incendiarios, hilarantes o satíricos, acusaron a la administración de Cosby de tiranía y violación de los derechos del pueblo. Publicaciones que se realizaban bajo pseudónimo.

Para proceder a la publicación del nuevo periódico contrataron a John Peter Zenger, uno de los dos impresores expertos de toda la provincia.

John Peter Zenger era un inmigrante alemán establecido en Nueva York con su familia a la edad de 13 años en 1710. Pasó su infancia como aprendiz de William Bradford aprendiendo el negocio de la imprenta antes de establecer su propia imprenta en 1725.

A finales de 1733, el New-York Weekly Journal se convierte en un periódico de gran éxito y representa la gran voz opositora contra el gobernador de la colonia, William Cosby.

Ante las críticas, el gobernador Cosby decide que debe cerrar el nuevo periódico y «aplastar el huevo del cual podría salir la serpiente de la sedición y la revolución». Las autoridades acusaron a John Peter Zenger de difamación sediciosa (seditious libel) en el llamado caso de Crown vs. Zenger. El gobernador supuso que dejando sin impresor al periódico, este dejaría de publicarse.

La difamación sediciosa – seditiuos libel

El castigo de la difamación o calumnias/injurias, en inglés defamation, libel, slander o traducement, se remonta a tiempos del Imperio Romano y tiene origen en la iniuria, en general, tanto verbal como escrita: convicium, carmina, libri, libelli famosi. En la legislación moderna sobre derechos humanos, la difamación, según la definición del Diccionario del español jurídico, es «cualquier expresión de hechos inciertos o meras opiniones en descrédito de una persona». Se pretende con su regulación proteger contra ataques ilegales la honra y reputación de una persona, tal como aparece en el artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La difamación sigue siendo un delito de derecho penal en la mayoría de Estados, aunque existe una clara tendencia a su despenalización en pro de convertir la difamación/injurias/calumnias en un ilícito civil, o tort en derecho anglosajón.

La difamación también está estrechamente vinculada con el concepto de sedición que penaliza los discursos y otras expresiones que fuesen dirigidos hacia el odio, la confrontación o la desafección contra reyes, familia de los mismos, contra el Parlamento, Gobierno, administradores, el Estado o sus miembros.

La difamación sediciosa o libelo por sedición (seditious libel) como figura inglesa tiene su origen en el Parlamento inglés hacia 1275 donde se prohibía «cualquier noticia falsa o historias por la que la discordia se hace crecer entre el rey y su pueblo». Más adelante el delito de difamación sediciosa se configuró por el asunto De Libellis Famosis (1606) y Queen v. Tutchin (1704). El castigo de conductas difamatorias era combinado con la censura, pero el libelo por sedición o difamación sediciosa «fue un eficaz instrumento de perpetuación del poder a través del cual se criminalizó cualquier vestigio de oposición política (Abel Arias)». A modo de ejemplo, Daniel Defoe, el autor de Robinson Crusoe, fue condenado por difamación sediciosa en 1703 siendo encadenado durante tres días en una picota. La falsedad era requisito necesario para considerar la existencia de la difamación sediciosa, pero, incluso, las difamaciones verdaderas o ciertas se castigaron en el XVII, de tal forma que cualquier crítica a los miembros del Gobierno o funcionarios, fuese verdadera o falsa, era penada. Se consideraba que los libelos escritos aunque verdaderos representaban una gran amenaza para los cargos y funcionarios públicos porque las críticas eran difíciles de contrarrestar por los mismos al considerarse indefensos. El Parlamento inglés abolió el delito de difamación sediciosa en 2009.

La difamación sediciosa estaba definida como cualquier publicación intencional, sin causa o justificación legal, difamando por escrito a cualquier hombre público o legal, o perteneciente a cualquier institución establecida por la ley.

La difamación sediciosa llegó a Estados Unidos como parte del Derecho inglés, y se usó contra los disidentes que se oponían a los errores cometidos por los administradores británicos.

Crown v. Zenger

En enero de 1734 el gobernador Cosby en un primer intento de silenciar el New York Weekly Journal solicita al Gran Jurado que admita a trámite, previa aportación de las pruebas, la acusación por difamación contra el diario de Zenger. La petición fue denegada por el Gran Jurado en dos ocasiones debido a que no era posible determinar la autoría del presunto material difamatorio. (El Grand Jury, jurado de acusación, es una institución de common law compuesta por ciudadanos que evalúan acusaciones penales, si es admitida pasa al Petit Jury que califica. Este sistema se mantiene actualmente solo en EEUU).

Cosby respondió usando el poder de la censura gubernamental. Ofreció una recompensa de 50 libras por el descubrimiento de los autores de los libelos y emitió una orden para que los periódicos de Zenger fueran quemados públicamente por el verdugo. Orden que fue suspendida por miembros del consejo municipal de Nueva York, no siendo realizada quema alguna.

Representación de la escena de quema de periódicos que pretendía el gobernador

En noviembre de 1734, un año después de la primera publicación del New York Weekly Journal, el gobernador Cosby consigue presentar cargos contra Zenger a través de un procedimiento legal muy impopular en la provincia llamado an information. Esto le permite articular una acusación sin necesidad de pasar por el Gran Jurado. El Fiscal General, Richard Bradley, actuando en nombre de la Corona, sería el encargado de la acusación ante el Tribunal Supremo de Justicia de la provincia de Nueva York.

El 17 de noviembre de 1734, el tribunal de justicia emitió una orden de detención contra Zenger que fue encarcelado en espera de juicio por difamación sediciosa. Los abogados de Zenger, James Alexander y William Smith, mediante una petición de hábeas corpus, consiguieron que Zenger fuese llevado ante el Presidente del Tribunal Supremo, James De Lancey, quien en una audiencia el 23 de noviembre de 1734 fijó una fianza de 400 £ para evitar la prisión provisional, una gran cantidad para la época, de tal manera que Zenger permaneció en la cárcel de Old City de Nueva York durante unos diez meses en espera de juicio, mientras, su mujer, Anna Catharina Zenger, continúo publicando el periódico con fondos y apoyo popular.

Dos problemas eran a los que debían enfrentarse los abogados de Zenger, el primero: que no importaba que las declaraciones publicadas en el periódico fuesen ciertas y el segundo: que el jurado tan solo podía decidir si la persona acusada era la responsable de la difamación, después, en caso afirmativo los jueces debían examinar los textos escritos para determinar si las declaraciones constituían el delito de difamación sediciosa.

En la lectura de cargos contra Zenger en abril de 1735, sus abogados cuestionaron la validez del tribunal judicial. Los abogados de Zenger alegaron que la destitución sumaria del juez Lewis Morris, el que era presidente del Tribunal Supremo, por el gobernador Cosby en 1733 había sido inadecuada y, por lo tanto, el posterior nombramiento del actual presidente, De Lancey, no era válido. Los abogados de Zenger también impugnaron las comisiones de los otros jueces del tribunal porque esos nombramientos fueron «a gusto del gobernador». El tribunal se negó a permitir este argumento, e, incluso, el presidente del tribunal el Sr. De Lancey, viéndose acusado de nepotismo, exclamó a los letrados: «Ustedes han llegado a ese punto en el que nosotros deberíamos irnos del estrado y ustedes de la barra del tribunal». Los letrados de Zenger se negaron a retirar las afirmaciones y, el 16 de abril de 1735, el tribunal emitió una orden prohibiendo a James Alexander y William Smith ejercer ante el Tribunal Supremo de Justicia.

Un nuevo abogado

Zenger, sin representación legal, solicitó al tribunal que designase un nuevo abogado para que le defendiese. Será entonces cuando se le designe de oficio a John Chambers, un joven abogado recién incorporado y leal a Cosby. Contrariamente a lo esperado, Chambers realizó un buen trabajo en defensa de Zenger: impugnó dos veces las listas de las que debía elegirse el jurado y, al hacerlo, se aseguró de que el jurado de 12 miembros que debía escuchar la acusación no tuviera prejuicios contra John Peter Zenger. 

La selección del jurado comenzó el 29 de julio de 1735, y una vez más, Cosby intentó incluir en el mismo a simpatizantes suyos, incluidas, personas empleadas por Cosby. De hecho, el tribunal formado por el Juez DeLancey y Philipse había sido elegido por el propio gobernador.

El presidente del Tribunal Supremo de Nueva York, aplazó el juicio hasta el 4 de agosto de 1735 para darle al nuevo abogado, John Chambers, tiempo para preparar el asunto. Este plazo proporcionó a los amigos y abogados de Zenger la oportunidad de que un nuevo abogado fuese el defensor de Zenger. Será Andrew Hamilton un prestigioso abogado de Filadelfia con 60 años quien acepte el encargo de la defensa de John Peter.

El juicio comenzó en tal fecha en la sala del tribunal situada en el segundo piso del Ayuntamiento de Nueva York. El Fiscal expuso la acusación indicando que Zenger era una persona sediciosa y un publicador frecuente de noticias falsas y libelos sediciosos, cosa que realizaba de forma maliciosa, escandalizando y vilipendiando al gobernador Cosby y a su administración.

Ayuntamiento de Nueva York hacia 1734 fue el lugar donde se celebró el juicio contra Zenger

El abogado de Zenger, el joven John Chambers, indicó la inocencia de su cliente, exponiendo que el fiscal debía demostrar quién fue el responsable de la difamación y la clara falta de prueba al respecto. Al final del discurso del joven letrado, reveló que un nuevo compañero continuaría con el asunto, haciendo pasar a Andrew Hamilton que entró en la sala y en nombre de Zenger expresó que era su nuevo letrado y, de forma sorpresiva, admitió que su cliente, John Peter Zenger era el responsable de las publicaciones.

Tras este anuncio sorpresa, el fiscal, renunciando a sus testigos, se dirigió de nuevo al jurado, e indicó que «como el Sr. Hamilton ha confesado la impresión y publicación de estos libelos, el Jurado debe llegar a un veredicto a favor de la Corona. De suponer que los libelos eran ciertos, la ley dice que no son menos calumniosos por eso. No, de hecho, la ley dice que por ser verdad son una agravación del crimen». El fiscal Bradley dio una descripción detallada y precisa de la difamación sediciosa en aquella época concluyendo que la verdad de un libelo no era una defensa que autorizara la publicación de la información critica.

Discurso final de Andrew Hamilton

Andrew Hamilton se levantó para continuar y argumentar que la ley no debe interpretarse para prohibir «las quejas justas de los hombres que sufren bajo una mala administración» y que la Corona tenía la obligación de demostrar que eran declaraciones falsas. Indicó que el caso Zenger era de una importancia trascendente para toda la comunidad. En su extenso discurso al jurado, Hamilton realizó una elocuente defensa no solo del impresor Zenger sino de toda la prensa libre y concluyó con estas famosas palabras:

«Es natural, es un privilegio, iré más lejos, es un derecho, que todos los hombres libres reclaman, que tienen derecho a quejarse cuando se les hiere. Tienen derecho a protestar públicamente contra los abusos de poder en los términos más enérgicos, a poner a sus vecinos en guardia contra el oficio o la violencia abierta de los hombres con autoridad, y afirmar con valentía el sentido que tienen de las bendiciones de la libertad, el valor que le otorgan y su resolución ante cualquier peligro para preservarla como una de las mayores bendiciones que el cielo puede otorgar.

La pérdida de libertad, para una mente generosa, es peor que la muerte. Y, sin embargo, sabemos que ha habido personas de todas las edades que, en aras del ascenso, o de algún honor imaginario, han prestado una mano amiga para oprimir, que no destruir, su país (…) Esto es lo que todo hombre que valora la libertad debe tener en cuenta. Debe actuar con juicio y no por afecto o interés propio; (…) el hombre que ama a su país prefiere su libertad a todas las demás consideraciones, sabiendo que sin libertad la vida es una miseria.

El poder puede compararse justamente con un gran río. Mientras se mantiene dentro de sus límites, es hermoso y útil. Pero cuando desborda sus orillas, es entonces demasiado impetuoso para detenerlo; derriba todo lo que tiene delante y trae destrucción y desolación por donde quiera que pasa. Si, entonces, esta es la naturaleza del poder, cumplamos al menos con nuestro deber, y al igual que los hombres sabios valoran la libertad, utilicemos nuestro mayor cuidado para apoyar la libertad, el único baluarte contra el poder sin ley, que en todas las épocas ha sacrificado a su lujuria y ambición ilimitada la sangre de los mejores hombres que jamás hayan existido (…)

Espero ser perdonado, Señor, por mi celo en esta ocasión( …) Si nosotros prestamos toda la debida obediencia a los hombres con autoridad, al mismo tiempo, debemos estar en guardia contra el poder deteniéndolo en cualquier lugar donde pueda afectarnos a nosotros mismos o nuestros compañeros (…)

Ustedes ven que trabajo bajo el peso de muchos años, y estoy encorvado por las grandes enfermedades del cuerpo. Sin embargo, a pesar de lo viejo y débil que estoy, creo que es mi deber, si es necesario, ir a la mayor parte de la tierra donde mis servicios podrían ser útiles para ayudar a apagar la llama de los enjuiciamientos sobre informaciones puestos por parte del gobierno para privar a un pueblo del derecho de protestar y quejarse, también, de los actos arbitrarios de los hombres en el poder (…)

Pero para concluir: la cuestión que se plantea ante el Tribunal y ante ustedes, señores del jurado, no es un asunto menor o de índole privado. Lo que aquí, ahora, se está tratando, no solo es la causa de un pobre impresor, ni únicamente de Nueva York. ¡No!! Este asunto puede en sus consecuencias afectar a todos los hombres libres que viven bajo el Gobierno británico en la mayor parte de América. Esta es la mejor causa. Esta es la causa de la libertad. Y no dudo que su conducta recta este día no solo les dará derecho al amor y estima de sus conciudadanos, sino que todo hombre que prefiera la libertad a una vida de esclavitud los bendecirá y honrará como hombres que han desconcertado el intento de la tiranía, y mediante un veredicto imparcial e incorrupto sentaremos una noble base para asegurarnos a nosotros mismos, a las futuras generaciones y a nuestros vecinos, aquello que la naturaleza y las leyes de nuestro país nos han dado, el derecho a la libertad de exponer y oponernos al poder arbitrario, al menos en esta parte del mundo, contando y escribiendo la verdad».

Tras el discurso, el Presidente del Tribunal Supremo de Nueva York instruyó al jurado para que decidieran solo sobre la cuestión de si Zenger había publicado los números del New-York Weekly Journal. El jurado, después de una breve deliberación de unos quince minutos, encontró a Zenger «no culpable» de publicar difamaciones sediciosas. 

La concurrida sala del Tribunal explotó en aplausos y vítores. El presidente del Tribunal Supremo Delancey exigió orden, incluso amenazó a los espectadores con arresto y encarcelamiento, pero la celebración continuó sin cesar. Derrotado, Delancey «dejó la sala del tribunal a la multitud jubilosa». El éxito de Andrew Hamilton se celebró con una cena en su honor en Black Horse Tavern y su partida fue realizada con una salva de cañones. John Peter Zenger fue liberado de la prisión el día después del juicio. Regresó a su negocio de impresión y publicó un pequeño libro sobre su visión del juicio, posiblemente, ayudado por James Alexander, su primer abogado y socio.

Pulsa sobre la imagen para descargar el libro en pdf

Es importante señalar que el caso Zenger no estableció un precedente legal sobre la difamación sediciosa o la libertad de prensa. Sin embargo, influyó enormemente en cómo la gente pensaba sobre estos temas, ampliándose las publicaciones críticas contra el Gobierno y condujo, años más tarde, a las protecciones fijadas en la Declaración de Derechos de Virginia de 1776 donde en su artículo 12 proclamaba la libertad de prensa y en las previsiones incorporadas a la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos que prohíbe la creación de cualquier ley con respecto al establecimiento oficial de una religión, que impida la práctica libre de la misma, que reduzca la libertad de expresión, que vulnere la libertad de prensa, que interfiera con el derecho de reunión pacífica o que prohíba el solicitar una compensación por agravios gubernamentales.

Artículo. 12. Que la libertad de la prensa es uno de los grandes baluartes de la libertad y jamás puede ser restringida sino por un gobierno despótico.

Declaración de derechos de virginia 1776

La Declaración de Derechos de 1776 influyó decisivamente en los documentos de derechos humanos posteriores, siendo tomada como base de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 durante la Revolución francesa.

Igualmente, el caso Zenger demostró la creciente independencia de los abogados y reforzó el papel del jurado como un freno al poder ejecutivo. Como indicó el juez Morris, el caso de Zenger fue «¡el germen de la libertad estadounidense, la estrella de la mañana de esa libertad que posteriormente revolucionó América!».

Por cierto, en 1953 hubo una serie de tv que representó la historia del juicio:

En la ciudad de Nueva York existe una exposición con sobre la historia de Zenger y una réplica de la imprenta usada por John en el Federal Hall National Memorial , también en la isla de los Gobernadores (Governors Island) se instaló un memorial en recuerdo de Zenger.

Anuncios

Más información y fuentes:

Libertad de expresión, legislación sobre medios de comunicación y difamación

Historical Society of the New York Courts 

Paul Finkelman. Politics, the Press, and the Law: the Trial of John Peter Zenger in American Political Trials Michal R. Belknap

Principios generales de la equity inglesa. Luisa Marin (pdf)

American History

The Trial of John Peter Zenger: An Account Douglas Linder

Donald A. Ritchie. American Journalists: Getting the Story. New York

Libros recomendados: