Juzgados de Lorca. Un acusado de bigamia en siglo XV, los juicios de residencia, los alfaqueques y La Fortaleza del Sol

Una visita a la Ciudad del Sol, Eliocroca, Lorca, nos llevará por tierras de fronteras y leyendas a conocer un rico patrimonio histórico y cultural en uno de los términos municipales con mayor extensión de España. 

Nos dirigiremos, en primer lugar, al centro histórico de la ciudad de Lorca para conocer sus espacios e historias jurídicas.

Desde el centro de visitantes, el antiguo Convento de la Merced, junto a la orilla del río Guadalentín salimos con mucha información hacia una ruta por el centro histórico de Lorca. Pese a que su castillo nos llama poderosamente la atención, nos aconsejan dejarlo para el final de nuestra visita.

Convento de la Merced. Centro de visitantes de Lorca

Lorca fue habitada desde antiguo por distintas civilizaciones gracias a su enclave, paso entre el Levante y Andalucía, en un terreno y clima duro, donde el agua es un bien escaso y precioso. Sobre la ciudad de Lorca podemos decir que el máximo esplendor de la localidad llegó a partir de la Edad Media. Lorca fue una de las siete ciudades del Pacto que Tudmir o Teodomiro, el rey visigodo que capituló ante los árabes mediante acuerdo de respeto en el año 713.  Durante cinco siglos (713– 1244) Lorca fue dominio musulmán con la típica estructura de alcazaba fortificada en lo alto, ciudad amurallada con mezquita y  sus arrabales con sus huertos y cultivos. Desde el centro de interpretación ya vemos parte de la que fue muralla de la ciudad.

Justo por un pasaje lateral del centro de visitantes salimos hacia la plaza de Juan de Moreno donde, en un edificio renacentista de finales del siglo XVI, se encuentra el Museo Arqueológico de Lorca, la Casa Salazar Rosso o Palacio del Marqués de Esquilache o Casa de los Moreno, cuya primera construcción fue encargada por comerciantes genoveses afincados en la ciudad, de ahí su primera denominación. Este palacio-museo cuenta con distintas exposiciones de las civilizaciones que han dejado su huella en Lorca, así como los importantes restos de las excavaciones arqueológicas en su castillo. Enfrente del museo, hallaremos otro hermoso palacio de siglo XVIII en estilo barroco, La casa de los Mula; continuando por la misma calle, llegaremos al Conjunto Monumental de Santo Domingo; edificio donde se encuentra el Museo de Bordado del Paso Blanco. ¿el Paso Blanco? si, la Semana Santa de Lorca es especial y peculiar; hay dos cofradías principales, el Paso Blanco y el Paso Azul, pero son rivales entre sí, una debe superar cada año a la otra en una batalla de puesta en escena y vistosidad entre representaciones bíblicas, cuadrigas y caballos. Y, efectivamente, el Paso Azul también tiene su museo junto al convento de San Francisco. Otras cofradías de Lorca son el Paso morado, encarnado y negro. 

Museo de Bordado del Paso Blanco
Museo de Bordado del Paso Blanco

Siguiendo nuestra ruta en línea recta por la calle Lópe Gisbert, llegamos al Palacio de Guevara, edificio del siglo XVIII, todo un símbolo del Barroco en Lorca. Representa la época de modernización de la ciudad dejando parte de su carácter medieval, cuando la aristocracia y burguesía de Lorca comienza a edificar elegantes casas-palacio y se expanden los barrios. El palacio de Guevara destaca en la ciudad con su portada, su bonito patio columnado interior y, ahora, con una impresionante farmacia de finales del siglo XIX instalada en una de las salas del palacio que fue cedida a la ciudad por la familia Sala Just.

Por la calle del Álamo, accedemos a la Plaza de España, donde se encuentra el Ayuntamiento de Lorca, los Juzgados y la Colegiata de San Patricio.

Plaza de España lorca
Plaza de España. A la izquierda el Ayuntamiento. Lorca

En esta plaza rectangular se encuentra el actual Ayuntamiento de Lorca de estilo barroco con sus típicos arcos de medio punto sobre columnas de mármol de Macael. Fue el edificio destinado a cárcel real trasformado hacia el siglo XVII en el Concejo de la ciudad tras un terremoto. Desde el centro del edificio, por un arco rematado con las figuras de la Caridad y Justicia, continúa la calle Selgas.  Es visitable la Sala de Cabildos y la Capilla del Concejo.

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Vista de la ciudad de Lorca en 1778-1795

En la Plaza de España encontraremos una gran estatua del Rey Alfonso X el Sabio con espada y astrolabio realizada por el artista Pedro Jordán en 2010 como tributo de la ciudad al rey que «castellanizó» la ciudad. Será hacia 1257 cuando Alfonso X otorgue a Lorca el Privilegio Rodado, documento que actualmente se conserva en el Archivo Municipal de Lorca, al entender que la ciudad de Lorca poseía una enorme importancia como plaza fuerte fronteriza, comenzando a colmar de privilegios y exenciones a sus habitantes quienes debían respetar los pactos con los moros de estos lugares y el rey.

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Privilegio Rodado Lorca por Alfonso X. AMLO. Año 1257. Transcripción

Como indica el profesor de Historia Medieval de la Universidad de Murcia, Dº Juan Francisco Jiménez, respecto a la figura de Alfonso X: « La torre Alfonsina corona la ciudad y el recuerdo y el nombre del rey actúa como faro. La existencia de la excelsa obra arquitectónica (…) ha hecho siempre que todos los lorquinos, de cualquier época desde entonces, sepan de Alfonso rey. La refundación de Lorca como obra más significativa lo convierte en referencia histórica: el municipio es heredero primario de aquel concejo…» . Alfonso X el Sabio y Lorca (pdf)

Estatua de Alfonso X en Lorca
Estatua de Alfonso X en Lorca

Un acusado de bigamia en la cárcel de Lorca

El actual edificio histórico del Ayuntamiento de Lorca era cárcel real y sería el lugar donde en 1496 Fernán Ximénez Duque, vecino de la ciudad, estando acusado y preso por matar a su primera esposa, acusada de adúltera, y puesto en la cárcel para probar su inocencia,  siendo marido actual de Mari López, hija de Juan Hélices, vecino y regidor de la ciudad, ha sido acusado por Ginesa de Toca, vecina de la ciudad, ante el juez y vicario eclesiástico de estar casado también con ella.

Gobierno de España. Ministerio de Cultura. Lorca Bigamia
Documentos del Registro General del Sello. Archivo General de Simancas. Sección Cancillería

Así aparece en el Archivo General de Simancas la orden dada en Burgos y fechada el 1 de diciembre de 1496 por la Real Cancillería de Castilla a los Justicias de la ciudad de Lorca para que entiendan del caso de bigamia que pesa sobre el acusado.

Todo ello, previa denuncia que aparece también en el Archivo General de Simancas con forma de Comisión fechada meses antes, el 8 de junio de 1496 en Morón, para el corregidor de Lorca sobre la denuncia presentada por Juan de Lisón contra Fernand Giménez y Juan de Blas, vecinos de dicha ciudad, acusados de estar «casados dos vezes».

Estando fechado en Madrid el 13 marzo de 1495, también en el archivo de Simancas, curiosamente,  el perdón real a fernand(o) J(X)iménez, vecino de Lorca, por la muerte de su primera mujer, acusada de adulterio. 

Pero ¿qué es la bigamia? La bigamia es el estado de la persona que contrae matrimonio estando vigente otro anterior. (def. DEJ-Rae). Resulta conforme indica el hispanista Henri Kamen que entre los siglos XV al XVIII «la bigamia era sorprendentemente frecuente, quizá porque en una sociedad que no permitía el divorcio representaba una alternativa para los matrimonios insatisfactorios» o bien, por la desaparición de uno de los cónyuges sin dejar rastro o noticia, volviéndose a casar el cónyuge con otra persona o en otro lugar.

La bigamia en España ha sido considerada delito y castigada de forma continua en el derecho histórico y actualmente. Ya aparece nombrada por primera vez en el Fuero Juzgo, es decir, en la recopilación de las leyes de los visigodos, del que se conserva en Murcia un ejemplar fechado en 1288 en su Archivo Municipal.  También, se recoge tal delito en el Fuero Real pasando a Las Partidas de Alfonso X y, como vemos, la ciudad de Lorca fue escenario de tal delito ya en el Siglo XV.

Conforme a los datos obtenidos de los estudios de Henry Kamen, los encargados de juzgar los delitos de bigamia serían los jueces seculares y los eclesiásticos, si bien, a mediados del siglo XVI la Inquisición comenzó a ocuparse del delito de bigamia, pese a la oposición de seculares que argumentaban que el hecho delictivo no era de su jurisdicción al no ser herejía, mientras que la Inquisición entendía que el delito atentaba contra el sagrado matrimonio y, por lo tanto, herejía. En cualquier caso, fue considerado delito «menor» y solo un 5% de los casos juzgados por la Inquisición lo eran por bigamia. El castigo más frecuente a los hombres que se aplicó por el Santo Oficio fue, según Henry Kamen, el de tres a cinco años de galeras, al parecer, era una pena más leve que la que solían imponer los tribunales seculares. Para las mujeres que cometían bigamia se aplicaban las penas de vergüenza pública y azotes, incluso exilio. 

Finalizado el Antiguo Régimen y durante la codificación española, en el proyecto del Código Penal de 1822, el artículo que se ocupaba de la bigamia formaba parte del Título V «Delitos contra las buenas costumbres». En el Código Penal de 1848 se castiga el delito de bigamia en el Título XII «Delitos contra el estado civil de las personas» Capítulo II «Celebración de matrimonios ilegales». El artículo 385 establecía que «El que contrajere segundo o ulterior matrimonio sin hallarse legítimamente disuelto el anterior, será castigado con la pena de prisión mayor».  Pasando por los distintos Códigos Penales vigentes, este delito ha llegado a nuestros días en la redacción actual del Código Penal Español LO 10/1995  en el título de Delitos contra las relaciones familiares, cap. De los matrimonios ilegales en su artículo 217: «El que contrajere segundo o ulterior matrimonio, a sabiendas de que subsiste legalmente el anterior, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año.» 

Distintos autores ven en este histórico delito una relación con el despenalizado en 1978 delito de adulterio, incluso plantean que el delito de bigamia siga la misma suerte que el de adulterio basándonos en el principio penal de intervención mínima y pudiera encauzarse por vía civil. En muchos países la bigamia está prohibida, en la mayor parte de países de Iberoamérica y Estados Unidos, si bien, también existen muchos países donde es legal junto a la poligamia. Aunque en España podría resultar un delito poco común, mediante una búsqueda de noticias encontramos unos cuantos casos de acusados por tal delito y, según el Instituto Nacional de Estadística, durante el año 2017 fueron condenados por delitos de matrimonios ilegales (bigamia (art. 217CP), matrimonio en perjuicio del otro (art. 218 CP), matrimonio ilegal por quien lo autoriza art. 219 CP)  11 personas en España.

estadistica delito bigamia españa
Tabla estadística de condenados por delitos de matrimonios ilegales en España. Fuente INE
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Volviendo al Ayuntamiento lorquino, traspasando el arco central, por la calle Selgas, junto a la Casa de los Alburquerque del Siglo XVI-XVII, actual Archivo Municipal de Lorca, llegaremos al edificio del futuro Palacio de Justicia de la ciudad de Lorca, actualmente en construcción, apostando por la rehabilitación de espacios y edificios en el centro histórico para su dinamización respetando fachadas históricas, al contrario de lo que sucede con otras sedes judiciales situadas a las afueras de las ciudades.

Arco central Ayuntamiento de Lorca hacia calle Selgas
Arco central Ayuntamiento de Lorca hacia calle Selgas

El futuro edificio judicial es un proyecto de 8 millones de euros adjudicado por el Ministerio de Justicia a la empresa Constructora San José S.A cuyo fin debería ser en mayo 2020, si bien, está sufriendo un enorme retraso.

En la actualidad, los Juzgados de la ciudad de Lorca (o buena parte de ellos) están junto a la Plaza de España en el histórico y hermoso edificio conocido como Casa del Corregidor (los corregidores eran los administradores de justicia durante la Edad Moderna en Castilla y América). Este edificio fue construido en el siglo XVIII y, tras diversas reformas posteriores, se conservan las arcadas y el relieve con las figuras de los príncipes Elio y Crota, que según cuenta una leyenda fueron los fundadores de la ciudad. Elio era uno de los príncipes de Troya que, tras huir, llegó a la costa del sudeste de la península ibérica guiado por un águila donde hoy se encuentra la localidad de Águilas y, desde allí, buscando la protección del interior, se establecieron en el lugar donde hoy está la ciudad que pasó a denominarse Eliocroca en tiempos de los romanos y, más tarde, Lorca.

 Juzgados de Lorca
Figuras de Elio y Crota en el edificio de los Juzgados de Lorca
Casa del Corregidor de Lorca
Casa del Corregidor de Lorca. Juzgados de la ciudad de Lorca

Lorca cuenta con siete Juzgados de Primera Instancia e Instrucción (mixtos) y dos Juzgados de lo Penal, repartidos en varias sedes, en la Casa del Corregidor (Mixtos del 1 al 3), del 4 al 6 y un Penal en la calle Padre Morote y el 7 mixto en C/ Parque diario La verdad y el Penal 2 en la Plaza de Abastos. Las dependencias del Registro Civil están situadas en un lateral de la Casa del Corregidor.

Los Juicios de Residencia 

Delante de la Casa de Corregidor debemos mencionar que en Lorca también tuvieron lugar los conocidos juicios de residencia aplicados en Castilla y, posteriormente, en América. Era un tipo de proceso que se realizaba a determinados cargos públicos como a corregidores, alcaldes, virreyes, etc cuando el funcionario terminaba su período y era reemplazado por otro sucesor para dar cuenta de su gestión durante el tiempo que desempeñó su mandato. Fue el sistema para exigir responsabilidades a los administradores durante la Edad Moderna. Alfonso X fue quien articuló el procedimiento en las Siete Partidas; Partida III Tit. IV. Ley VI:

«Puestos deuen ser los Judgadores después que fueren escogidos assi como de suso diximos , en los logares que les otorgan poderío de judgar,: tomándoles primeramente la jura , ante que judguen, en esta manera (….) E ellos después  que ouieren acabado sus oficios , deuenlo complir assi, faziendo dar pregón cada dia publicamente , que si algunos y ouiere , que ayan querella dellos , que les compliran de derecho. E estonce , aquellos que fueren puestos en sus logares , deuen tomar algunos ornes buenos consigo, que non sean sospechosos , nin malquerientes de los primeros Judgadores, e deuenlos oyr , con aquello que se querellaren dellos, E de todo yerro , e tuerto que ayan fecho, deuenles fazer, que fagan emienda dello, segund mandan las leyes deste libro. Pero si tal yerro ouiesse fecho alguno dellos, por que mereciesse muerte, o perdimiento de miembro , deuenlo recabdar , e embiar al Rey; e otrosi, la razón escrita por que la merece. Ca atal juyzio como este, al Rey pertenece del dar, e non a otro ninguno.»

Posteriormente, este proceso se fue perfeccionando y se fijaron los términos del mismo en los Capítulos para corregidores y jueces de residencia que otorgaron los Reyes Católicos en la ciudad de Sevilla el 9 de junio de 1500 manteniéndose de tal forma durante más de trescientos años.  Este proceso se articulaba sobre las pesquisas secretas donde se tomaba declaración a vecinos del lugar sobre el comportamiento y buen uso del oficio y podían interponerse capítulos,  demandas y las querellas de los particulares relatando comportamientos indebidos del residenciado durante el tiempo que duró su cargo. El proceso duraba alrededor de cincuenta días prorrogables. Finalizada la parte de averiguaciones, se elevaban los cargos, tras lo cual el residenciado tenía quince días para contestarlos y, posteriormente, se dictaba sentencia. El residenciado no podía abandonar el lugar donde había ejercido el cargo, ni asumir otro hasta que concluyese el proceso. Normalmente, si el residenciado obtenía una sentencia favorable a su gestión se le encomendaría otro cargo y, en caso contrario, se le imponía una multa económica.

En los archivos referidos a Lorca encontramos interesantes documentos sobre estos juicios, así de 1503 existe un documento donde el Consejo de Lorca solicita a los Justicias del Reino que prendan al que fue alcalde de Lorca, el bachiller Melchor Velasco de Orihuela, pues se fue de la localidad sin hacer juicio de residencia, o por ejemplo, también en 1582-1584 la residencia tomada en la ciudad de Lorca, por Gómez Pérez das Mariñas, corregidor del partido de Murcia; a don Luis Flores de Artiaga y Gamboa, corregidor que ha sido; al doctor Zarandona, su alcalde mayor y a los demás oficiales. ( ES.47161.AGS/3.11.289//CRC,353,15)

Quizás, la reimplantación en la actualidad de un sistema similar a los juicios de residencia haría temblar a más de un cargo político.

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Juzgados de Lorca
Juzgados de Lorca. Casa del Corregidor.

En la pequeña Plaza del Caño en la misma acera que los juzgados se encuentra el Ilustre Colegio de Abogados de Lorca.

Ilustre Colegio de Abogados de Lorca

Por cierto, si subimos por el lateral de la plaza del Caño encontraremos, además de alguna torre de la muralla, una curiosa puerta trasera de lo que sería la puerta de la cárcel de la Casa del Corregidor con varios escudos, de hecho, a Lorca también se le conoce como la «Ciudad de los cien escudos».

Puerta de la Cárcel de Lorca
Puerta de la «Cárcel» de Lorca

Regresando a la Plaza de España, no podemos dejar de visitar la imponente antigua Colegiata de San Patricio construida entre los siglos XVI a XVIII, en recuerdo y conmemoración de la victoria cristiana frente a los musulmanes nazaríes de Granada en la batalla de los Alporchones el 17 de marzo de 1452, festividad de San Patricio. De ahí que sea la única iglesia en España dedicada a dicho Santo, patrón de Irlanda, cuya bandera se iza en Lorca desde la llegada en 1952 de una reliquia de Santo mientras suena el himno irlandés cada año el día de San Patricio.

Con aires y planta catedralicia, muy similar a la de Murcia,  San Patricio fue colegiata por poseer gobierno representado por un cabildo como sucede en una catedral, pero sin serlo, lo que nos da una idea de la importancia e influencia que tuvo la Iglesia en la ciudad. Podemos adquirir las entradas por un simbólico precio en la oficina de turismo que está en la misma Plaza de España.

Por la calle Santiago o Cava nos adentraremos entre antiguas calles y callejones, pasando la Iglesia de Santiago, y, en un zigzag, cruzar a calle Zapatería que sigue el trazado de la antigua Muralla Medieval, hasta llegar al Porche de San Antonio, a un paso del Centro de Visitantes.

Porche de San Antonio en Lorca
Porche de San Antonio en Lorca

El Porche de San Antonio es la única puerta medieval  existente en la Región de Murcia hispano-árabe en recodo que sigue en uso. Era una de las puertas de la muralla permitiendo el acceso en la ciudad medieval. En el interior hay un mural de San Ginés. Junto a ella, en un deteriorado cartel, se recuerda el romance fronterizo de Fajardo o del juego de ajedrez. Relata una leyenda en la que el alcaide de Lorca, Alfonso Fajardo «El Bravo» y el rey moro de Almería en una partida de ajedrez se jugaron las ciudades de Lorca y Almería, relato que popularizó Lope de Vega posteriormente. 

       Jugando estaba el rey moro—y aun al ajedrez un día 
       Con aquese buen Faxardo,—con amor que le tenía. 
       Faxardo jugaba a Lorca,—y el rey moro a Almería; 
       Jaque le dió con el roque;—el alférez le prendía. 
       A grandes voces dice el moro: —«La villa de Lorca es mía.» 
       Allí hablara Faxardo,—bien oiréis lo que decía: 
       «Calles, calles, señor rey,—no tomes la tal porfía, 
       Que aunque me la ganases,—ella no se te daría; 
       Caballeros tengo dentro—que te la defenderían.» 
       Allí hablara el rey moro,—bien oiréis lo que decía: 
       «No juguemos más, Faxardo,—ni tengamos más porfía, 
       Que sois tan buen caballero,—que todo el mundo os temía.
Libro de los juegos alfonso X el sabio partida arabe cristiano

Los alfaqueques. Los mediadores de la frontera 

En la Lorca de frontera medieval llama la atención la existencia de una figura:  la de los alfaqueques, (al-faqqaq o «enviado», en el Reino de Aragón se les nombra como exea y almotalefe en el fuero de Belchite) nombrados y regulados en las Siete Partidas de Alfonso X y en el Ordenamiento de Toro de 1369.  La misión y oficio de estas personas era entrar en el territorio tras la frontera, comenzar tratos y negociaciones con el enemigo para liberar cautivos o prisioneros de guerra, y, además de obtener valiosa información del enemigo. El «redentor de cautivos» negociaba los rescates necesarios para su liberación durante los periodos de paz entre cristianos y musulmanes, percibiendo un porcentaje de tal rescate que solía ser del 10 %. Debían actuar conforme a un código de conducta recogido en las Siete Partidas (Partida II, título 30), de tal forma que era necesario reunir seis cualidades: «La vna, que sean verdaderos, onde lleuan el nome. La segunda, sin codibcia. La tercera, que sean sabidores, también del lenguaje de aquella tierra a que van como del de la suya. La quarta, que no sean malquerientes. La quinta que sean esforçados. La sexta que ayan algo de lo suyo (tener bienes propios)». Tenemos que imaginar que el trabajo que realizaban era de mucha responsabilidad, ya que la vida de los cautivos estaba en sus manos, en su habilidad de negociación, su saber y su honestidad, pues entre sus funciones se encargaban de recoger el dinero para el pago del rescate a los familiares.  Debían ser escogidos por 12 hombres buenos.  «La primera mención expresa conocida por el momento sobre este oficio en el reino de Murcia está directamente relacionada con Lorca. En una carta de Alfonso XI destinada al concejo de Murcia fechada en Sevilla el 8 de noviembre de 1330, el monarca ordenada prender al alfaqueque Pedro Gras, morador en Lorca, y embargarle los bienes, acusándolo de hacer labor de espionaje para el rey de Granada».

En esta zona del sudeste de España está documentada la existencia de alfaqueques de Lorca, Cartagena, Murcia y Orihuela, por el bando cristiano; y los de Cuevas, Vera y los Vélez, de la parte árabe.

En nuestro post de Murcia decíamos que destaca la labor de mediación intrajudicial que se realiza en los actuales Juzgados ¿Quién sabe si será por la herencia del oficio y saber de los alfaqueques del reino de Murcia?

Más Información en Los alfaqueques de Lorca en el Siglo XIV (pdf) del profesor Andrés Serrano del Toro. Liberación de cautivos en la frontera de Granada (pdf) prof. José Enrique de Coca Castañer.

rescate cautivos archivo Simancas Lorca murcia
Documento sobre cautivos en el Archivo de Simancas : A los Justicias de Cartagena, Murcia, Lorca para que no vendan ni rescaten a moros cautivos para poder hacer trueque de estos moros con otros cautivos cristianos de Cieza. Año 1477.

La Fortaleza del Sol. El castillo de Lorca

De regreso al punto de salida en el centro de visitantes, aconsejados de la facilidad que supone subir en coche al castillo, continuamos nuestra visita hacia la Fortaleza del Sol por la carretera que sale desde el centro de visitantes y, en poco menos de 5 minutos, estamos aparcando el coche en lo alto. Para visitar el castillo debemos adquirir entradas por su web o en el mismo castillo, por un precio que ronda entre 6-10 euros dependiendo si eliges visita guiada o no, por supuesto, recomendamos encarecidamente la visita guiada pues, además de las magníficas explicaciones, nos permite entrar en la Torre Alfonsina y en la Sinagoga.

Castillo de Lorca Torre Alfonsina
Castillo de Lorca Torre Alfonsina

El imponente recinto del castillo es la muestra del devenir histórico del recinto militar defensivo donde se pueden apreciar partes amurallas de la que fuera la alcazaba islámica remodelada con la conquista cristiana. Será Alfonso X,  en el siglo XIII, quién ordenó la construcción de tres torres, de las que solo dos existen en la actualidad, aunque bien podemos decir que la tercera torre podría ser el polémico Parador turístico que se decidió construir en el castillo.

Castillo de Lorca

La Torre Alfonsina, en la parte central y más elevada es la torre del homenaje. Posee  tres plantas de bóvedas de ladrillo apoyadas en un gran pilar central. En su interior encontramos una interesante exposición dedicada al Rey Alfonso X. En nuestra entrada de Murcia hablamos más sobre Alfonso X y las partidas.

La Torre del Espolón está en el extremo oeste del Castillo. Tiene planta cuadrada de dos alturas con bóveda de crucería. En su interior encontramos una maqueta del castillo y un aljibe. 

Durante  la Guerra de la Independencia, se construyeron baterías de defensa y cuarteles.

Esta fortaleza nunca fue tomada por la fuerza. De hecho, existe una leyenda sobre la conquista de la fortaleza a los moros en la festividad de San Clemente, el 23 de noviembre de 1244, fecha que coincide con el cumpleaños de Alfonso X, cuando los cristianos en la madrugada se dispusieron a tomar la plaza, idearon poner fuego en los cuernos embolados de los animales e hicieron creer que de un gran ejército se trataba consiguiendo asustar a los enemigos y lograr la capitulación de los musulmanes. En la actualidad San Clemente es el patrón de la ciudad y se celebran las fiestas de San Clemente junto a fiestas de Moros y Cristianos de Lorca. 

Con la capitulación de Lorca en 1244, la ciudad se convirtió en la primera línea defensiva de la frontera con Granada junto con una red de castillos y torres cuyo centro era la fortaleza de Lorca, castillos tales como el Tirieza o el de Xiquena, Tébar, Chuecos.

Desde lo alto de la Torre Alfonsina, además de las impresionantes vistas, podemos hacernos una idea de lo que pudo ser este duro territorio fronterizo. Buen ejemplo de ello es el Castillo de Xiquena, a unos 30 kilómetros de Lorca, hoy abandonado y en ruinas, aun siendo bien de interés cultural, se encuentra en la lista roja del patrimonio que elabora la asociación Hispania Nostra por su desmoronamiento progresivo y desidia de la administración en su cuidado. Dicen del castillo de Xiquena que su nombre proviene de la palabra árabe o hebrea infierno. Los cronistas árabes se referían a esta comarca como «un campo desierto y solitario, donde reinaba el miedo y el asombro, donde no se veían palmeras ni viñas y solo a propósito de sufrir daño del enemigo y para huir de allí». De hecho, el castillo de Xiquena fue destino donde los penados por asesinato u homicidio podían redimir las penas sirviendo en la frontera durante un año, era el llamado privilegio de homicianos  otorgado por Enrique IV en 10 de diciembre de 1470, ratificado por los Reyes Católicos y que tuvieron que eliminar por las quejas de la ciudad de Lorca, pues los homicianos de Xiquena aprovechaban la cercanía de Lorca para cometer en la ciudad toda clase de desmanes buscando inmediato refugio en Xiquena.

vista lorca desde torre alfonsina
Vistas desde la torre Alfonsina del castillo de Lorca
Red defensiva de Lorca medieval

Por cierto, la propiedad de este castillo de Xiquena provocó un largo pleito hacia 1460 entre el Marqués de Villena, Juan Pacheco,  el que fuera su dueño, y la ciudad de Lorca por el control del agua del río Vélez y fuente de Tirieza. La ciudad de Lorca alegaba ante la Audiencia de la Corte real: «la çibdad de Lorca, de tienpo ymemorial aca,  avia tenido e poseydo quieta e paçificamente, por suyos e como suyos, por justos e derechos titulos, çiertos terminos e arroyos e aguas que son çerca de los castillos de Xiquena e Tirieça, quel marques don Diego Lopez Pacheco, en grand daño de la dicha çibdad de Lorca, auia tentado de poblar de moros los dichos castillos, los quales, sy se poblasen, tomaria e ocuparia los dichos terminos e aguas que asy dixo que pertenesçen a la dicha çibdad, lo qual diz que auia sydo principal cabsa de ser fundada e edificada la dicha çibdad en el sytio e logar donde agora esta, porque, de otra manera, sy las dichas aguas e terminos le fuesen ocupados la dicha çibdad se despoblaria, de que a nos se syguiria deseruiçio e a la dicha çibdad e vezinos e moradores della mucho daño» y el poderoso Marqués de Villena argumentaba que a su favor que los de Lorca: «queriendo molestar e perturbar al dicho señor marques y a los vezinos de las dichas villas en la paçifica posesyon que de los dichos terminos e arroyos e aguas sus antepasados e el an tenido, no aviendo respeto e consyderaçion a que para gozar de los dichos terminos e aguas derecho alguno no les conpete, e que si en los dichos terminos de las dichas villas de Xiquena e Tirieça an entrado a sydo con liçençia e facultad del dicho señor marques e de sus antepasados y de los alcaydes que en las dichas villas e sus castillos an estado, e que gozando o entrando en los dichos terminos syn la dicha liçençia o en las aguas sus ganados abrevando, los alcaydes de las dichas villas les an prendado. Y que el dicho conçejo de Lorca…. an atentado de perturbar a los vezinos de las dichas villas e al dicho señor marques en su posesyon y an atentado de quebrar açequias en los dichos terminos de las dichas villas e fazer otras fuerças e ynsultos»

El pleito terminó con un acuerdo económico: Lorca conseguía Xiquena y Tirieza y el marqués recibía Overa y 340.000 maravedís, cambio autorizado por los Reyes Católicos en 1505.

Para saber más sobre la frontera medieval en Lorca : Episodios en las relaciones fronterizas entre los reinos de Murcia y Granada (siglos xiii-xv) prof. Angel Luis Molina.

El pleito de Xiquena. Libro en pdf. Autor: Francisco de Asís Veas Arteseros. ISBN: 978-84-697-8516-4

Continuando con la visita guiada del Castillo de Lorca, nuestra siguiente parada es la zona donde se encuentran las instalaciones del Parador de Lorca y las excavaciones arqueológicas que han dejado a la vista un impresionante barrio judío junto a su Sinagoga, hallazgo, posiblemente, de los más importantes de la península pues la sinagoga mantiene la estructura completa tal y como fue sin haber sido cristianizada, ello unido a una muy cuidada reconstrucción volumétrica con estructura de madera.

Donde podremos ver una exposición sobre la comunidad judía medieval en Lorca y este pequeño vídeo:

Sinagoga de Lorca
Sinagoga de Lorca
Sinagoga de Lorca
Sinagoga de Lorca

Terminado nuestro paseo por el castillo podremos buscar algún sitio para comer y continuar por el centro de la ciudad visitando otros rincones, sus muchas Iglesias y casas solariegas edificadas durante el Barroco. 

Para continuar la visita a este extenso término municipal hay que reservar algún día más y conocer la impresionante costa de Lorca, especialmente, Puntas de Calnegre y la cala de Calnegre y otras calas casi vírgenes.

Dónde comer y dormir en Lorca: 

Más información:

http://www.lorcaturismo.es/

http://www.lorca.es/

Visita guiada por Lorca

Visita guiada por el Castillo de Lorca y la sinagoga

https://www.murciaturistica.es/

Libro recomendados: