Jaca. Catedral, Reino y Fuero. El Concejo de Ciento y el Libro de la Cadena. La sublevación de 1930 y el Tribunal Supremo

El punto de partida de nuestro viaje jurídico por Aragón tiene una primera parada imprescindible: JACA

La ciudad de Jaca es parada obligada en la ruta milenaria del Camino de Santiago, es arte románico, es Pirineos: naturaleza, nieve y el mítico paso a Francia por Somport (Summus Portus: el puerto más alto) pero, también, es la cuna del histórico Derecho aragonés y el germen de la II República española.

Comenzamos nuestra ruta por Jaca partiendo de su seña de identidad: La Catedral de San Pedro.

La Catedral, el Reino de Aragón y el Fuero de Jaca

Coincide la fecha de inicio de construcción de la Catedral de San Pedro con la fecha en que fue concedido por el rey Sancho Ramírez el Fuero de Jaca. Tal fecha se establece hacia el año 1077 convirtiéndose Jaca en la capital de un incipiente reino.

Catedral de Jaca

Será aquí en estos territorios de los Pirineos, habitados desde tiempos de los íberos, romanos y visigodos, donde buena parte de la población cristiana huyó ante la llegada de los árabes a la zona del Ebro a partir del 711 con la entrada de las tropas del Islam en la península.

Al resguardo de impresionantes valles y montañas, estos pobladores fueron organizándose en pequeños condados llamados Aragón, Ribagorza y Sobrarbe que acabaron bajo la soberanía del rey de Pamplona Sancho Garcés III el Mayor. Desde estos condados comenzaron a contener el dominio árabe y recuperar territorio hacia el sur.

A la muerte del rey de Pamplona, Sancho el Mayor dejó su extenso reino, que comprendía Navarra, País Vasco, parte de Castilla y condados aragoneses, dividido entre sus 4 hijos. A su hijo Ramiro dejó el condado de Aragón y a Gonzalo el condado de Ribagorza y Sobrarbe.

Gonzalo fue asesinado y Ramiro I reunió bajo su poder los 3 condados: Aragón, Ribagorza y Sobrarbe formando el REINO DE ARAGÓN, con RAMIRO I como primer Rey de Aragón. (años 1035-1063)

Estatua del primer rey de Aragón Ramiro I en Jaca

Ramiro I murió en el campo de batalla frente a tropas árabes en el asalto al castillo de Graus.

Su hijo SANCHO RAMIREZ le sucedió en el trono aragonés, desde el año 1063 hasta su muerte en 1094.

Sancho Ramírez será el rey de Aragón que pasó su vida batallando contra el Islam, viajó a Roma para someter el reino a vasallaje del Papa y estableció la capital de Aragón en JACA, otorgando a esta villa la condición de ciudad en año el 1077. Sancho Ramírez murió durante el cerco a la ciudad de Huesca sucediéndole su hijo Pedro I de Aragón.

El Centro de Interpretación del Reino de Aragón se encuentra muy cerca de Jaca, en el impresionante Monasterio de San Juan de la Peña donde están los panteones reales de los primeros reyes.

Durante la Edad Media en la península, tres elementos fundamentales eran necesarios para ser una ciudad de cierta importancia: habitantes, un obispado y leyes. Estos tres elementos los reunió Sancho Ramírez I en Jaca.

  • Los habitantes llegarían tanto como comerciantes, obreros o como peregrinos a través del camino hacia Santiago de Compostela donde se comenzaba, también, a construir su catedral hacia 1075.
  • Una catedral es imprescindible para ser sede de episcopal y la de Jaca se consagró a San Pedro como el primero de los Papas de la Iglesia. Es de estilo románico con arcos de medio punto y planta de cruz latina con sus modificaciones y añadidos góticos y renacentistas posteriores. La portada principal con su crismón y su cabecera con la típica decoración de ajedrezada o taqueado jaqués serán el modelo a seguir en casi todo el románico español y en parte de Francia. En la Catedral de Jaca también se encuentra marcado el patrón de medida que fue usado en todo Aragón la llamada vara jaquesa que equivalía a 77 cm.

En su claustro, que fue reconstruido en estilo barroco, está instalado el Museo Diocesano de Arte de Jaca donde se expone el conjunto de pintura mural de Bagüés, la capilla Sixtina del Románico.

  • Las leyes para una convivencia pacifica fueron otorgadas y recogidas en el conocido FUERO DE JACA:

El rey Sancho Ramírez concede el primitivo fuero de Jaca, tal y como un fuero de francos, concedido para atraer franceses o extranjeros pobladores de la villa que convierte en ciudad en 1077, garantizándoles una serie de libertades y privilegios. Exime a todos los habitantes de Jaca sin distinción de los malos fueros (es decir, de las cargas que soportaban las zonas rurales) y otorga una serie de derechos y privilegios punteros de para época:

El derecho a cerrar la propia tierra para impedir el acceso a extraños; el principio de la posesión de un año y un día que otorga la propiedad del inmueble en tal tiempo.

«Cualquiera de vosotros que compre o adquiera heredad, dentro o fuera de Jaca, la tenga libre y franca, sin traba alguna; y si después de haberla poseído pacíficamente un año y un día, alguien quisiere moveros pleito o despojaros de ella, me pagará 60 sueldos y os confirmará en el derecho de la finca.» «Cada uno edifique y cierre su vivienda como mejor pueda.»

Fuero de jaca. 1077 d.C

También libertad de pastos; los habitantes de Jaca no podían ser juzgados fuera de la ciudad; los jacetanos deberán salir al campo de batalla solo si el rey está cercado y con pan para tres días; se les da libertad para elegir la prueba de duelo judicial o elegir otra prueba; tampoco podrán ser encarcelados si dan fianza; se establecen multas y penas por la muerte de un vecino de Jaca o por robos y adulterios en la ciudad; además establece que la figura del merino del rey tendrá que actuar bajo el visto bueno de los 6 vecinos más intachables de la ciudad; el deudor encarcelado, pasados tres días, tendrá que ser alimentado por el acreedor; a los capturados árabes, el dueño del sarraceno o sarracena le dará pan y agua, puesto que es un ser humano y no debe ayunar como una bestia.

El contenido de este primitivo fuero de Jaca, que, por cierto, se inicia con el dibujo de un crismón como el de la entrada la Catedral de Jaca, lo podéis descargar junto a su transcripción en este enlace: Fuero de Jaca y transcripción Pdf

Fuero de Jaca. Con su crismón al inicio y firma del rey. Archivo Municipal de Jaca
Crismón del Fuero de Jaca y de la Catedral de San Pedro. En este enlace podéis consultar qué dice el grabado del crismón de Jaca

El texto del fuero de Jaca se difunde por todos los Pirineos y, especialmente, por Navarra donde el propio Sancho Ramírez lo concede a Estella llegando posteriormente a San Sebastián. En 1129 el fuero de Jaca Alfonso I lo otorga a la ciudad de Pamplona. Incluso, Alfonso II constata que las gentes de Castilla, Navarra y otras tierras acudían a Jaca para estudiar sus fueros y después introducirlos en sus respectivas tierras. Además con la expansión del fuero se crea cierta uniformidad territorial del reino de Aragón.

En los siglos XII y XIII el fuero de Jaca se va desarrollando, primero, por las ampliaciones, obra de los juristas de esta ciudad que interpretan y completan los vacíos que pudieran darse en la aplicación del las normas del fuero y, segundo, con el derecho que nace de las Iuditia, es decir, las sentencias del rey dadas en resolución de pleitos.

Todo este derecho consuetudinario, las iuditias, junto a las recopilaciones e interpretaciones privadas darán lugar al Fuero de Aragón que será la base esencial de la compilación oficial que el rey Jaime I ordene realizar en Huesca en 1247 a Vidal de Canellas.

Mapa de expansión de fueros a otras localidades. Agustín Ubieto

«Aragón no se define por la guerra: Aragón se define por el Derecho. Ésta es su nota característica.»

Joaquín Costa (1846-1911)
Catedral de Jaca

Continuamos, tras la visita a la Catedral, por las calles y plazas que la rodean, abarrotas de gentes y comercios muy animados (un magnífico día soleado ayuda) como la plaza Ripa o Biscós o calle Zocotín, Bellido, hasta llegar a la calle Mayor donde hallaremos la sede del Ayuntamiento de Jaca.

El Ayuntamiento de Jaca, el Concejo de Ciento y el Libro de las Cadenas

Ayuntamiento de Jaca

El Ayuntamiento de la ciudad está instalado en un edificio renacentista que data de 1544. Destaca su elegante portada, con el escudo de la ciudad y frontones con las barras de Aragón. En esta calle Mayor, anteriormente a este edificio, ya existían las instalaciones del Concejo de la ciudad donde se reunía el CONCEJO DE CIENTO desde 1238:

Desde esa fecha se crearon los establecimientos de buen gobierno de la ciudad: «En ellos se acuerda nombrar a cien hombres de Jaca, que mediante juramento sobre la Cruz y Santos Evangelios, y «tocando personalmente las manos de todos ellos fueron tenidos por reunidos y se juramentaron para procurar el bien y el mejoramiento de la Comunidad de Jaca. (…) El articulado de las Ordenanzas o «Establiments» es suficientemente expresivo de la finalidad que persigue: Se intenta responder a las agresiones y daños, procedan estas de dentro o de fuera de la ciudad, imponiendo la legalidad y la paz, estableciendo penas a todo contraventor en su doble vertiente: pecuniarias y de privación de libertad y derechos.» (El Concejo del Ciento aragonés Rosa Maria Bandres y Sánchez-Cruzat)

Con los Estatutos o «Establiments» o Carta Mayor los vecinos de Jaca intentan obtener la paz en años en que se recurre a la violencia entre los vecinos y visitantes con demasiada frecuencia.

Unos años más tarde, en 1265 Jaime I de Aragón dio su aprobación real al Consejo de Ciento de Jaca, y el modelo de la ciudad de Jaca fue implantado también en Barcelona y otras capitales de la Corona de Aragón.

El archivo que contiene esté documento sobre el Concejo y otros documentos como el propio fuero de Jaca se encuentran en el edificio del Ayuntamiento, puesto que también es sede del archivo municipal donde podemos encontrar documentos desde el año 1042. Entre otros, se encuentra el códice llamado Libro de la Cadena, nombre recibido por tener una cadena de eslabones de hierro de medio metro que cuelga de su lomo. Contiene documentos reales, episcopales y municipales de los siglos X al XIV. Destacan, entre todos, el testamento de Ramiro I, del año 1042, el Fuero de Sancho Ramírez de 1077 y los Establimentz. Recoge, igualmente, las confirmaciones reales al Fuero de Sancho Ramírez y desarrollos. También es conocido como: el Libro de los sellos redondos de hierro o el Libro de las cubiertas vermellas.

Libro de la cadena. Archivo Municipal de Jaca

No dejamos el Ayuntamiento ni la calle Mayor de Jaca pues en este edificio fue alzada la bandera tricolor republicana antes que en ningún sitio de España. Fue proclamada en Jaca la II República española el 12 diciembre 1930.

La sublevación de Jaca de 1930. La II República

El 12 de diciembre de 1930 los capitanes Fermín Galán y Ángel García Hernández se sublevaron en Jaca mediante un golpe militar cuya intención era derrocar al Gobierno y la Monarquía, estableciendo la II República española.

El año 1930 ha sido conocido como época de la Dictablanda. El general Dámaso Berenguer sustituyó al general Miguel Primo de Rivera al frente del gobierno que dimitió el 30 de enero de 1930 durante el reinado de Alfonso XIII.

En este ambiente, se firma el llamado Pacto de San Sebastián de 17 de agosto de 1930 donde republicanos, socialistas y catalanistas acuerdan la constitución de un futuro gobierno provisional republicano y el movimiento republicano presidido por Alcalá-Zamora comienza a preparar un cambio de sistema.

Quizás, precipitadamente o no coordinados con Madrid, los capitanes Galán y García toman Jaca y proclaman la República, pero la rebelión es sofocada por las tropas leales a Berenguer, son arrestadas más de 500 personas y sus responsables son juzgados y condenados a muerte en un Consejo de Guerra sumarísimo que el día 14 de diciembre ordena fusilar a Galán y García.

El fusilamiento de los rebeldes causa gran conmoción, Galán y García serán considerados mártires del movimiento republicano. Se suceden varias semanas de enfrentamientos, más detenidos y otro intento de sublevación en Cuatro Vientos. En marzo del 31 comienzan los juicios contra el resto de sublevados como el capitán Sediles. Todos estos hechos precipitan la convocatoria por parte del Gobierno de elecciones municipales. Tales elecciones fueron celebradas el día 12 de abril de 1931, solo cuatro meses después de la sublevación, y dieron la victoria a las candidaturas republicanas. Alfonso XIII abandona el país marchando al exilio, con la intención de evitar una guerra civil, siendo proclamada la II República española el 14 de abril de 1931.

«Las elecciones celebradas el domingo me revelan claramente que no tengo hoy el amor de mi pueblo. […] Hallaría medios sobrados para mantener mis regias prerrogativas, en eficaz forcejeo con quienes las combaten. Pero, resueltamente, quiero apartarme de cuanto sea lanzar a un compatriota contra otro en fratricida guerra civil.»

Manifiesto de Alfonso XIII, 13 de abril de 1931

Los sublevados de Jaca fusilados tras la proclamación de la República son considerados Mártires de la República. 12 diciembre 1931 BNE

Juicio ante Tribunal Supremo: de acusados a víctimas

Tras la proclamación de la II República, los fusilados Galán y García serán homenajeados por toda la España, pero también el nuevo Gobierno republicano intentará depurar responsabilidades contra los miembros del Consejo de Guerra que ordenó el fusilamiento.

La Comisión de Responsabilidades de las Cortes Constituyentes instruyen sumario contra los miembros del Consejo de Guerra y contra los Generales Dámaso Berenguer y Fernández de Heredia acusandólos de delito de prevaricación del art. 356 del Código Penal de 1870; Asunto que pasó a conocer el Tribunal Supremo conforme a Ley de 26 de agosto de 1931.

A este sumario, se le unió la querella interpuesta por el hermano de Galán ante el Tribunal Supremo contra el general Berenguer y los componentes del Consejo de Guerra sumarísimo que condenó a su hermano y a García, igualmente, acusa por delito de prevaricación al considerar que se dictó una sentencia injusta solicitando la pena de muerte. El Supremo acumulará también la denuncia de la madre del otro fusilado, el capitán Ángel García.

Noticia de la querella del hermano de los fusilados. BNE

Finalmente, tuvo lugar la vista ante el Pleno del Tribunal Supremo el 6 de mayo 1935 dictando Sentencia el 16 de mayo de 1935, absolviendo a todos los acusados del delito prevaricación y otros delitos por ausencia de toda intención maliciosa y falta del carácter doloso en la actuación del general Dámaso Berenguer y los demás procesados.

En este post recogemos el texto integro de la Sentencia del Tribunal Supremo por la causa de los fusilamientos de los capitanes Galán y García Hernández en Jaca contra el general Berenguer y miembros del Consejo de Guerra de 17 mayo de 1935

Noticia de la sentencia del Tribunal Supremo absolviendo a los acusados por el fusilamiento de los sublevados de Jaca. El Heraldo de Madrid mayo 1935. BNE

Documental sobre la sublevación de Jaca; Capitanes del frío

La Torre de la Cárcel y la Ciudadela de Jaca

Dejamos la calle Mayor de Jaca hasta llegar a la conocida Torre de la Cárcel o del Reloj que nos recibe con la estatua a sus pies del primer rey de Aragón, Ramiro I. La torre es de estilo gótico civil, fue construida hacia año 1445 sirviendo como prisión eclesiástica provisional tras el incendio que destruyó parte de cubierta de la catedral.

Fue adquirida, más adelante, por familias nobles siendo sede y residencia del Merino real hasta que el Concejo de Jaca la adquirió en 1599 convirtiéndola en cárcel de la ciudad e instalando un reloj. La torre ha funcionado como cárcel hasta 1955. En la actualidad, tras su restauración es la sede de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos, organismo dependiente del Consejo de Europa cuya función es «dotar a la zona pirenaica de una estructura de cooperación transfronteriza similar a las existentes en otras fronteras europeas gestionando fondos y programas europeos».

Torre de la Cárcel de Jaca

Desde esta torre, dejando el centro histórico y para terminar nuestra ruta, nos dirigimos a uno de los iconos de Jaca, la Ciudadela o Castillo de San Pedro.

Destaca por su construcción en forma de pentágono siendo ordenada su edificación por Felipe II hacia finales del siglo XVI en defensa de la frontera con Francia frente a las Guerras de religión. La ciudadela responde al diseño del italiano Tiburcio Spanochi , diseño basado en las nuevas ideas de la arquitectura militar utilizando muros más bajos y anchos en defensa ante ataques de artillería. Escenario de escasos episodios bélicos, aunque destaca, durante la Guerra de la Independencia, su toma por el ejército francés en 1809 siendo recuperado por los españoles, al mando del general Espoz y Mina, en 1814, tras varios meses de asedio. En su interior se encuentra el Museo de miniaturas militares. https://ciudadeladejaca.es/

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Comer y Dormir en Jaca:

Más información y fuentes:

https://www.jaca.es/

http://www.jaca.com/rutasublevacion.htm

Aspectos de Jaca medieval. Tomás Buesa (pdf)

El Concejo del Ciento aragonés Rosa Maria Bandres y Sdnchez-Cruzat

Derecho histórico de los pueblos de España. Enrique Gacto, Juan Alejandre , José María García

Legislación foral aragonesa. Antonio Pérez.

Monasterio de San Juan de la Peña

Sentencia del Tribunal Supremo por la causa de los fusilamientos de los capitanes Galán y García Hernández en Jaca

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